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LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

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miércoles, agosto 31, 2016

Fiscal dictamina que ex combatientes de Malvinas deben cobrar pensión desde 1982. Según un fiscal, debe considerarse "veterano" al soldado desde que se inició la guerra, no desde 1996, año en que entró en vigencia la ley.

Fiscal dictamina que ex combatientes de Malvinas deben cobrar pensión desde 1982.


Según un fiscal, debe considerarse "veterano" al soldado desde que se inició la guerra, no desde 1996, año en que entró en vigencia la ley.



Un fiscal nacional dictaminó que los ex combatientes de Malvinas deben cobrar una pensión desde el 2 de abril de 1982, cuando empezó la guerra con Gran Bretaña por las islas, y no desde que entró en vigencia la ley que creó ese beneficio, en 1996, y consideró "veterano" al soldado a partir del "mismo momento" en que se inició el conflicto bélico.
La medida fue firmada por el fiscal de la Seguridad Social Gustavo De Vedia, quien sostuvo que a los soldados se les debe otorgar el status de veteranos desde el inicio de la guerra, el 2 de abril de 1982 o, por lo menos, desde el cese, dos meses después, en aras del reconocimiento y la reivindicación históricos.
Así se expidió en el marco de un expediente en el que está en cuestión si los titulares de la pensión tienen derecho a la liquidación del beneficio desde el 2-4-1982 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.652, en junio de 1996, según informó la pagina Fiscales.gov.ar.
Un grupo de conscriptos interpuso demanda contra la Anses a fin de obtener el cobro de los haberes de pensión honorífica de Veteranos de Guerra (reconocimiento histórico), desde el 2 de abril de 1982 hasta la sanción de la ley 24.652 (publicada en el Boletín Oficial el 28/06/1996), más las actualizaciones, costas e intereses y tasa, según correspondan.
En ese sentido pidieron que se declare inconstitucional el artículo 5 del decreto reglamentario 2364/90, con fundamento en que se excede de su potestad reglamentaria, por cuanto limita la liquidación del beneficio, yendo más allá de la propia normativa del artículo 1 de la ley 23.848 por la que se otorgó la pensión vitalicia.
La Anses rechazó la solicitud de los veteranos en su contestación, e interpretó que la fecha inicial de pago es la de la promulgación de la ley, mientras también se opuso a la prescripción de dos años anteriores a la solicitud del beneficio.
Pero el fiscal De Vedia apoyó el reclamo, al sostener: "Desde cuándo se es veterano de guerra y por ende desde cuándo corresponde el beneficio" Es evidente que la intención del legislador y el espíritu de la ley han sido establecer un reconocimiento y reivindicación históricos".
De esta forma, añadió, "carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que inició o al menos en que cesó el conflicto", razonó de Vedia.
También objetó el artículo 5 del decreto 2634/90 al sostener que "es una clara discriminación", en tanto el Congreso consideró veterano de guerra a quienes participaron en el conflicto "con total independencia de lo que pudiera ocurrir a cada uno de ellos".
Publicado en Diario "Los Andes" de Mendoza, 30/08/2016.

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