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...." el pueblo recoge todas las botellas que se tiran al agua con mensajes de naufragio. El pueblo es una gran memoria colectiva que recuerda todo lo que parece muerto en el olvido. Hay que buscar esas botellas y refrescar esa memoria". Leopoldo Marechal.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

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“Amar a la Argentina de hoy, si se habla de amor verdadero, no puede rendir más que sacrificios, porque es amar a una enferma". Padre Leonardo Castellani.

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"La historia es la Patria. Nos han falsificado la historia porque quieren escamotearnos la Patria" - Hugo Wast (Gustavo Martínez Zuviría).

“Una única cosa es necesario tener presente: mantenerse en pie ante un mundo en ruinas”. Julius Evola, seudónimo de Giulio Cesare Andrea Evola. Italiano.

sábado, febrero 11, 2017

La Justicia avaló el pedido de Highton de Nolasco para seguir en la Corte Suprema. La magistrada presentó "una acción de amparo temprana", con el objetivo de dejar sin efecto la cláusula constitucional que le impediría seguir en su cargo cuando llegue al tope de los 75 años.

El Juez Federal Enrique Lavié Pico hizo lugar hoy a la acción de amparo formulada por la jueza de la Corte Suprema Elena Highton de Nolasco para poder continuar en el cargo una vez que cumpla los 75 años.

La decisión del juez de primera instancia se produjo tres días después de que el Gobierno Nacional presentara sus argumentos en contra de que la ministra permaneciera en el cargo tras alcanzar el límite de edad previsto por la Constitución. 

El juez Lavié Pico falló en favor de la única integrante mujer de la actual composición de la Corte Suprema y citó como antecedente el caso del difunto juez Carlos Fayt quien permaneció en el cargo hasta los 97 años.

Al formular el amparo, Highton de Nolasco había pedido que se declare la nulidad de la reforma del 1994 en relación al artículo 99, inciso 4º, párrafo tercero, de la Constitución Nacional, referido al límite de edad de los miembros de la corte. 

"El propio precedente `Fayt´ rechaza cualquier distinción que pudiera hacerse respecto de los jueces que asumieron en sus cargos con anterioridad o con posterioridad a la reforma", sostuvo Lavié Pico en el fallo de 18 páginas que emitió hoy.

El magistrado detalló que en el caso citado se "resolvió declarar la nulidad de la reforma introducida al artículo que estableció que los 75 años -que Highton cumplirá en el 7 de diciembre- eran el límite máximo de edad para un ministro del máximo tribunal. 

Highton de Nolasco había aseverado en su presentación judicial que en 1994 "no existía autorización alguna para modificar el régimen de estabilidad vitalicia de los magistrados, ni fijar un límite de 75 años como finalmente lo hizo la Convención Constituyente".
Fuente: Noticias Argentinas.

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