GRACIAS POR ESTAR AQUÍ...

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...." el pueblo recoge todas las botellas que se tiran al agua con mensajes de naufragio. El pueblo es una gran memoria colectiva que recuerda todo lo que parece muerto en el olvido. Hay que buscar esas botellas y refrescar esa memoria". Leopoldo Marechal.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.
“Amar a la Argentina de hoy, si se habla de amor verdadero, no puede rendir más que sacrificios, porque es amar a una enferma". Padre Leonardo Castellani.

“
"La historia es la Patria. Nos han falsificado la historia porque quieren escamotearnos la Patria" - Hugo Wast (Gustavo Martínez Zuviría).

“Una única cosa es necesario tener presente: mantenerse en pie ante un mundo en ruinas”. Julius Evola, seudónimo de Giulio Cesare Andrea Evola. Italiano.

martes, abril 04, 2017

* HOMENAJE AL Dr. RAMÓN CARRILLO. 1906 - 7 de marzo - 2017. Centésimo décimo primer aniversario de su nacimiento.


* HOMENAJE AL Dr. RAMÓN CARRILLO. 1906 - 7 de marzo - 2017.

Centésimo décimo primer aniversario de su nacimiento.



En este gráfico puede apreciarse rápidamente cómo se ha intensificado la lucha contra la mortalidad infantil, a partir de 1947.
Los puntos rojos representan los centros materno infantil habilitados durante el período que abarca desde 1936 hasta 1947 (10 años). Las referencias en verde dan cuenta de los instalados en 1947 (UN SOLO AÑO). Así se hace obra.


Centésimo décimo primer aniversario de su nacimiento de Ramón Carrillo.

Para conmemorarlo reproducimos en esta gacetilla algunos materiales de época; como es obvio, tanto el estilo de las imágenes cuanto los conceptos reflejan el contexto social y valorativo, habitual en todo el mundo de la temprana posguerra, dentro del cual el Dr. Carrillo logró llevar adelante su magna obra.
LA SANIDAD EN LA EDUCACIÓN ARGENTINA


Organización de la SSPN (abril de 1947) - Grafico al pie. -
Fuente de donde se extrajo el gráfico "Organización de la SSPN" "ARCHIVOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA DE LA NACIÓN. Volumen 1, Número 5, Abril 1947." (ilustración a doble hoja, agregada entre las páginas 48 y 49).



DECRETO Nº 16.814-1946.



Secretaría de Salud Pública. - Excepcionalmente autorízasele a efectuar adquisiciones de elementos y a contratar trabajos, cualesquiera sea su importe.



Buenos Aires, noviembre 2 de 1946.



Atento que por decreto Nº 14.807-1946 de fecha 23 de mayo ppdo., dictado en acuerdo general de ministros, se creó la Secretaría de Salud Pública, con lo cual se concretaba uno de los propósitos del Poder Ejecutivo de la Nación, para que el país contara con un organismo jerárquicamente superior, encargado de vigilar y atender la salud de la población en todos sus aspectos tanto profilácticos como asistenciales, y
Que dicha Secretaría de Estado se encuentra a la fecha abocada a la estructuración de su nueva planta orgánica y al ordenamiento de sus actividades sanitarias, circunstancias que obligan a la habilitación urgente de nuevos servicios, dependencias u oficinas, como así la ampliación de los ya existentes;
Que para proceder a tales habilitaciones o ampliaciones, se hace necesario adquirir con la mayor premura mobiliario, útiles de oficina, vehículos, material de curación, instrumental científico, etc., como así contratar trabajos, publicaciones, servicios varios, etc., que permitan la iniciación, la mejora o expansión de sus actividades;
Que dado lo avanzado del ejercicio financiero, no es posible realizar tales adquisiciones cumpliendo con todos los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes, cuál sería la realización de remates públicos, de larga substanciación, y que tales gastos no pudieron encararse con antelación por cuanto recién en el mes de julio ppdo. se le acordó a la citada Secretaría de Estado un crédito de $ 8.023.900 m/n., que en tan breve plazo debe invertir;
Que para no malograr o demorar la cristalización de los sanos y nobles propósitos que han inspirado la creación del importante organismo sanitario, corresponde al Poder Ejecutivo de la Nación facilitarle los medios necesarios aunque sea apelando a procedimientos de emergencia, para que, sin descuidar la competencia y los requisitos más esenciales de los remates, pueda cubrir los abastecimientos dentro de los plazos que imponen las circunstancias;
Que la solución del problema expuesto estaría encuadrado en el artículo 33, inciso 3º de la ley Nº 428;
Por ello,



El presidente de la Nación Argentina



Decreta:



Artículo 1º — Como caso de excepción y hasta el 31 de diciembre próximo, autorizase a la Secretaría de Salud Pública para que efectúe las adquisiciones de mobiliario, vehículos, útiles de oficina, material de curación, instrumental científico, etc., como así la contratación de trabajos, publicaciones, etc., mediante licitaciones privadas, cualquiera que sea el importe total de los gastos a realizar.
Art. 2º — Comuníquese, y pase a la Secretaría de Salud Pública para su conocimiento y efectos.



PERÓN
Ángel Borlenghi. - F. Anadón. - J. A. Bramuglia.
J. C. Picazo Elordy. - Ramón A. Cereijo. - Ramón Carrillo.



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