1816 - 9 DE JULIO - 2011
INDEPENDENCIA
INDEPENDENCIA
NACIONAL ARGENTINA
¡LIBRES DE TODA
DOMINACIÓN EXTRANJERA!
Fragmento del texto del Acta de Declaración de la Independencia Argentina:
Nos los Representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los Pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo, la justicia que regla nuestros votos: Declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas Provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los Reyes de España, recuperar los derechos que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una Nación libre e independiente del Rey Fernando VII sus sucesores y Metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a la Naciones, detállense en un Manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.
Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros Diputados Secretarios. Francisco Narciso de Laprida, diputado por San Juan, presidente; Mariano Boedo, vice-presidente, diputado por Salta; Doctor Antonio Saenz, diputado de Buenos Ayres, Fran Cayetano Josef Rodríguez, diputado por Buenos Ayres; Doctor Pedro Medran, diputado por Buenos Ayres; Doctor Manuel Antonio Acevedo, diputado por Catamarca; Doctor Josef Ignacio de Gorriti, diputado por Salta; Doctor Josef Andrés Pacheco de Melo, diputado por chichas; Doctor Teodoro Sánchez de Bustamente, diputado por la Ciudad de Jujuy y su Territorio; Eduardo Pérez Vulnez, diputado por Córdoba; Tomás Godoy Cruz, diputado por Mendoza; Doctor Pedro Miguel Araoz, diputado por la Capital del Tucumán; Doctor Esteban Agustín Gazcón, diputado por la Provincia de Buenos Ayres; Pedro Francisco de Uriarte , diputado por Santiago del Estero; Pedro León Gallo, diputado de Santiago del Estero; Pedro Ignadio Rivera, diputado de Mizque; Doctor Mariano Sánchez de Loria, diputado por Charcas; Doctor Josef Severo Malavia, Diputado por Charcas, Doctor Pedro Ignacio de Castro Barros, diputado por la Rioja; Licenciado Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera, diputado por Córdoba; Doctor Josef Colombres, diputado por Catamarca; Doctor Josef Ignacio Tamez, diputado por Tucumán; Fray Justo de Santa María de Oro, diputado por San Juan; Josef Antonio Cabrera, diputado por Córdoba; Doctor Juan Agustín Maza, diputado por Mendoza; Tomás Manuel de Anchorena, diputado de Buenos Ayres, secretario.UNA NUEVA Y GLORIOSA NACIÓN.
¿Quienes firmaron el Acta de la Independencia en 1.816?
Presidente:
Francisco Narciso de Laprida, representante por San Juan
Vicepresidente:
Mariano Boedo, representante por Salta
Secretarios:
José Mariano Serrano, representante por Charcas
Juan José Paso, representante por Buenos Aires
Diputados:
Por Buenos Aires
Dr. Antonio Sáenz
Dr. José Darragueira
Fray Cayetano José Rodríguez
Dr. Pedro Medrano
Dr. Esteban Agustín Gascón
Dr. Tomás Manuel de Anchorena
Por Catamarca:
Dr. Manuel Antonio Acevedo
Dr. José Eusebio Colombres
Por Córdoba:
Eduardo Pérez Bulnes
José Antonio Cabrera
Lic. Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera
Por Jujuy:
Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante
Por La Rioja:
Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros
Por Mendoza:
Tomás Godoy Cruz
Dr. Juan Agustín Maza
Por Salta:
Dr. José Ignacio de Gorriti
Por San Juan:
Fray Justo Santa María de Oro
Por Santiago del Estero:
Pedro Francisco de Uriarte
Pedro León Gallo
Por Tucumán:
Dr. Pedro Miguel Aráoz
Dr. José Ignacio Thames
Por Mizque:
Pedro Ignacio Rivera
Por Charcas:
Dr. Mariano Sánchez de Loria
Dr. José Severo Malabia
Por Chichas:
Dr. José Andrés Pacheco de Melo
Estuvieron imposibilitados de presentarse cuatro diputados:
el coronel José Moldes (Salta), que se encontraba detenido en Salta;
el coronel Juan José Feliciano Fernández Campero (Chichas), que estaba al mando de tropas en el frente de combate;
el presbítero Miguel Calixto del Corro (Córdoba), que estaba realizando una misión diplomática ante José Artigas.
el diputado Juan Martín de Pueyrredón (San Luis), que había viajado a Buenos Aires para asumir el cargo de Director Supremo.
Francisco Narciso de Laprida, representante por San Juan
Vicepresidente:
Mariano Boedo, representante por Salta
Secretarios:
José Mariano Serrano, representante por Charcas
Juan José Paso, representante por Buenos Aires
Diputados:
Por Buenos Aires
Dr. Antonio Sáenz
Dr. José Darragueira
Fray Cayetano José Rodríguez
Dr. Pedro Medrano
Dr. Esteban Agustín Gascón
Dr. Tomás Manuel de Anchorena
Por Catamarca:
Dr. Manuel Antonio Acevedo
Dr. José Eusebio Colombres
Por Córdoba:
Eduardo Pérez Bulnes
José Antonio Cabrera
Lic. Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera
Por Jujuy:
Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante
Por La Rioja:
Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros
Por Mendoza:
Tomás Godoy Cruz
Dr. Juan Agustín Maza
Por Salta:
Dr. José Ignacio de Gorriti
Por San Juan:
Fray Justo Santa María de Oro
Por Santiago del Estero:
Pedro Francisco de Uriarte
Pedro León Gallo
Por Tucumán:
Dr. Pedro Miguel Aráoz
Dr. José Ignacio Thames
Por Mizque:
Pedro Ignacio Rivera
Por Charcas:
Dr. Mariano Sánchez de Loria
Dr. José Severo Malabia
Por Chichas:
Dr. José Andrés Pacheco de Melo
Estuvieron imposibilitados de presentarse cuatro diputados:
el coronel José Moldes (Salta), que se encontraba detenido en Salta;
el coronel Juan José Feliciano Fernández Campero (Chichas), que estaba al mando de tropas en el frente de combate;
el presbítero Miguel Calixto del Corro (Córdoba), que estaba realizando una misión diplomática ante José Artigas.
el diputado Juan Martín de Pueyrredón (San Luis), que había viajado a Buenos Aires para asumir el cargo de Director Supremo.
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