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...." el pueblo recoge todas las botellas que se tiran al agua con mensajes de naufragio. El pueblo es una gran memoria colectiva que recuerda todo lo que parece muerto en el olvido. Hay que buscar esas botellas y refrescar esa memoria". Leopoldo Marechal.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

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“Amar a la Argentina de hoy, si se habla de amor verdadero, no puede rendir más que sacrificios, porque es amar a una enferma". Padre Leonardo Castellani.

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"La historia es la Patria. Nos han falsificado la historia porque quieren escamotearnos la Patria" - Hugo Wast (Gustavo Martínez Zuviría).

“Una única cosa es necesario tener presente: mantenerse en pie ante un mundo en ruinas”. Julius Evola, seudónimo de Giulio Cesare Andrea Evola. Italiano.

martes, marzo 23, 2021

LA JUSTICIA FRENÓ LA MINERÍA EN LA CUEVA DE LAS MANOS. La jueza Marta Yáñez hizo lugar a un amparo presentado por la Fundación Rewilding Argentina solicitando el cese y/o abstención de iniciar cualquier labor de prospección minera en el sitio declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad.

 


Gracias al trabajo de la jueza federal de Caleta Olivia, se obliga “a Patagonia Gold S.A. y a la Provincia de Santa Cruz a abstenerse de autorizar, iniciar o continuar actividades de prospección o explotación minera en las áreas incluidas en el Decreto 817/2019, hasta tanto se obtenga la intervención y aprobación ¨previa y vinculante¨ de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos”.

Según publicaron medios locales que accedieron al fallo, la funcionaria explicó que la Fundación Rewilding Argentina argumentó la existencia de bienes culturales merecedores de tutela especial, ubicados no sólo en la parte del inmueble denominada “Estancia Cueva de las Manos”, sino también en una porción mayor de la Cuenca del Río Pinturas, ubicada en la zona noroeste de la Provincia de Santa Cruz. Por eso solicitó al Juzgado Federal de Primera Instancia el dictado de una sentencia mediante la cual se impidiera allí la realización de actividades de prospección o explotación minera, fundamentando que en noviembre de 2015 adquirió la estancia para su restauración ecológica y para el fortalecimiento de la actividad turística sustentable de la zona.

Patagonia Gold S.A. ha sostenido que goza de una autorización del Estado provincial para realizar tareas de prospección minera, la que ha sido dictada previa realización y aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental, además de la lejanía del sitio a explorar entendiendo que no correría peligro de ser dañado o afectado. Mientras que la Provincia de Santa Cruz –además de resistir su citación al proceso– entiende que la pretensión de la amparista y la intervención de la justicia federal atentan contra el federalismo, las facultades no delegadas a la Nación y el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. Sin embargo, el fallo resalta que “si bien la Provincia de Santa Cruz resulta la titular de los recursos naturales existentes en su territorio -aspecto sobre el cual no puede existir controversia (arts. 121 y 124 CN)- lo cierto es que a partir de la reforma constitucional del año 1994 se ha introducido el “principio de congruencia”, mediante el cual se busca lograr una aplicación coherente de la legislación ambiental al interior de los diferentes niveles del Estado Federal”.

La Cueva de las Manos es un sitio arqueológico y de pinturas rupestres que se encuentra en el profundo cañadón del río Pinturas. Su interés radica en la belleza de las pinturas, así como en su gran antigüedad: hasta el momento, las inscripciones más antiguas están fechadas en 7350 A. C. Se trata de una de las expresiones artísticas más antiguas de los pueblos sudamericanos.

https://www.elfederal.com.ar/la-justicia-freno-la-mineria-en-la-cueva-de-las-manos/?fbclid=IwAR0MjSD9ypNlH_5NAF01Xpaa0ZhoT44pBYw9NjOTOhBAJ7lCiTpgalwZ_Pg

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La diferencia de opiniones conduce a la investigación, y la investigación conduce a la verdad. - Thomas Jefferson 1743-1826.