GRACIAS POR ESTAR AQUÍ...

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...." el pueblo recoge todas las botellas que se tiran al agua con mensajes de naufragio. El pueblo es una gran memoria colectiva que recuerda todo lo que parece muerto en el olvido. Hay que buscar esas botellas y refrescar esa memoria". Leopoldo Marechal.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.
“Amar a la Argentina de hoy, si se habla de amor verdadero, no puede rendir más que sacrificios, porque es amar a una enferma". Padre Leonardo Castellani.

“
"La historia es la Patria. Nos han falsificado la historia porque quieren escamotearnos la Patria" - Hugo Wast (Gustavo Martínez Zuviría).

“Una única cosa es necesario tener presente: mantenerse en pie ante un mundo en ruinas”. Julius Evola, seudónimo de Giulio Cesare Andrea Evola. Italiano.

viernes, diciembre 04, 2015

EL INNECESARIO DEBATE DE EN DONDE DEBE ASUMIR EL PRESIDENTE.

EL INNECESARIO DEBATE DE EN DONDE DEBE ASUMIR EL PRESIDENTE.



En la actualidad la grieta pasa por la discusión de en donde asume el presidente , y se exponen 
posturas, ideas, propuestas , y asi de un lado y otro.
No hay acuerdo , asi que propongo humildemente recurrir a la constitución nacional y a nuestra
historia, quizas nos sirvan....
La Constitución nacional dice:
Artículo 90.- El Presidente y vicepresidente duran en sus funciones el término de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período.
Artículo 91.- El Presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde.
Artículo 92.- El Presidente y vicepresidente disfrutan de un sueldo pagado por el Tesoro de la Nación, que no podrá ser alterado en el período de sus nombramientos. Durante el mismo período no podrán ejercer otro empleo, ni recibir ningún otro emolumento de la Nación, ni de provincia alguna.
Artículo 93.- Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de "desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de Presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina".
La asunción del cargo del presidente se complementa también según los usos constitucionales, con el traspaso de la banda y el bastón presidencial. Y aquí vemos que la constitución nada dice sobre esto, asi que tal si recurrimos a la historia......









En base a lo expuesto, la constitución se expide claramente en cuanto a cuando cesa el mandato y a la   jura, en tanto que del traspaso de los atributos nada dice, asi que ¿ no sería bueno que llegasen a un acuerdo?  es más que obvio, pero esto en la Argentina actual parece imposible.

¿Es un tema esencial? no, 
¿hace al futuro de la patria? , no
 Por lo tanto,  no nos desgastemos en caprichos personales y reservemos las energías para temas centrales que si afectarán a nuestras vidas.
Al fin y al cabo no importa en donde   comience el camino sino adonde nos lleve ¿o no?
FVD

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La diferencia de opiniones conduce a la investigación, y la investigación conduce a la verdad. - Thomas Jefferson 1743-1826.