GRACIAS POR ESTAR AQUÍ...

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...." el pueblo recoge todas las botellas que se tiran al agua con mensajes de naufragio. El pueblo es una gran memoria colectiva que recuerda todo lo que parece muerto en el olvido. Hay que buscar esas botellas y refrescar esa memoria". Leopoldo Marechal.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.

LA ARGENTINA DEL BICENTENARIO DE LA PATRIA.
“Amar a la Argentina de hoy, si se habla de amor verdadero, no puede rendir más que sacrificios, porque es amar a una enferma". Padre Leonardo Castellani.

“
"La historia es la Patria. Nos han falsificado la historia porque quieren escamotearnos la Patria" - Hugo Wast (Gustavo Martínez Zuviría).

“Una única cosa es necesario tener presente: mantenerse en pie ante un mundo en ruinas”. Julius Evola, seudónimo de Giulio Cesare Andrea Evola. Italiano.

domingo, agosto 03, 2025

3 de agosto de 1821: el General San Martín fue nombrado Protector del Perú.

 


UN DIA COMO HOY...


Un 3 de agosto de 1821 el General San Martín fue nombrado Protector del Perú con autoridad civil y militar.
Ese año fundó la Biblioteca Nacional del Perú, a la que donó su colección de libros,​ y creó la Orden del Sol, hoy llamada Orden El Sol del Perú.
Su gobierno duró desde el 3 de agosto de 1821 hasta el 20 de septiembre de 1822.
Aunque San Martín decretó la libertad de Vientres, la esclavitud seguiría siendo legal en el Perú independiente hasta el 3 de diciembre de 1854.
En la imagen vemos al Libertador José de San Martín luciendo la banda de Protector del Perú. Fortaleza del Real Felipe. 
BELLE EPOQUE - La Argentina del Centenario

Maximo Puskovas

3 de agosto de 2022 

Caso Larrabure: la Corte se lavó las manos.

 

El coronel Argentino del Valle Larrabure.

Caso Larrabure: la Corte se lavó las manos.

La Corte Suprema de Justicia ha decidido días atrás que el Caso Larrabure -en el que se perseguía el castigo de quienes torturaron y asesinaron dicho coronel- ha devenido “abstracto”.

Recordemos que Larrabure fue secuestrado por el ERP -Ejército Revolucionario del Pueblo, organización marxista que pretendía tomar el poder por las armas- en un ataque a la Fábrica Militar de Villa María en la que cumplía funciones, allá por agosto de 1974.

A partir de entonces, permaneció secuestrado en cárceles del pueblo en condiciones inhumanas, padeció torturas y fue asesinado un año después de su secuestro, en agosto de 1975.

Sus familiares querellaron a los dirigentes del ERP, considerando que su homicidio y las torturas que se le infligieron constituían delitos de lesa humanidad y resultaban, por lo tanto, imprescriptibles. Tanto las anteriores instancias como la Cámara Federal de Casación Penal rechazaron la querella, negando que tales ilícitos fueran de lesa humanidad.

Pues bien, llegado el caso a la Corte, ésta optó por una solución que no empalidece frente a la de Poncio Pilatos. Sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, decidió que el caso había devenido “abstracto”, por haber fallecido el único dirigente del ERP que quedaba con vida: Juan Arnold Kremer.

De ese modo eludió pronunciarse acerca de si son crímenes de lesa humanidad los que cometen organizaciones armadas que procuran el poder por la vía de la violencia. Como si sólo ese sujeto hubiera participado del secuestro, las torturas y el crimen en cuestión.

LAMENTABLE RETROCESO.

Así, esta Corte tripartita -que había ganado cierto prestigio al rechazar, en tiempo adecuado, el malicioso recurso extraordinario interpuesto por Cristina Kirchner en la causa de la obra pública- ha retrocedido varios casilleros.

Porque al rehuir, con un pretexto fútil, pronunciarse sobre el fondo de lo debatido en esa querella, ha dejado vigente la perversa doctrina que campea en nuestros tribunales: que afirma que sólo el Estado puede ser responsable de crímenes de lesa humanidad.

La cual, afirmando que el Estado está obligado a actuar conforme a derecho, lo que es cierto, exime de igual responsabilidad a quienes pretenden asumir su gobierno mediante métodos criminales. Lo cual es intrínsecamente perverso y merece igual condena.

Viene al caso lo que sostuvo, en cuanto al punto, ese profundo examinador de almas que fue Fedor Dostoievsky. Lo hizo en su novela Crimen y Castigodonde su protagonista, Raskolnikov sostiene que es lícito matar si se lo hace en aras de un ideal.

A lo que Rasumijn responde: “Tu vienes a decidir que se puede, en conciencia, derramar sangre… pero esa autorización para derramar sangre, en conciencia, eso, a juicio mío, resulta más feroz que la decisión legal de verter sangre”.

Y si no fuera más feroz, es, al menos, de igual gravedad. Así lo establece el Estatuto de la Corte Penal Internacional de Roma que, en su artículo 7, criminaliza la “desaparición forzada de personas” tanto sea que la lleve a cabo el “Estado” como “una organización política”. Y ese fue el caso del coronel Larrabure. A quien el ERP, además de secuestrar, asesinó.

Es cierto que tal Estatuto es posterior al crimen de Landaburu, pero también lo es con respecto a los crímenes que nuestra justicia consideró de lesa humanidad por ser cometidos por fuerzas estatales o paraestatales. Si esa norma es posterior, lo es para unos y para otros. De manera que para la justicia todo depende de qué lado se haya estado. Puro birlibirloque.

Además, esta altura del siglo XXI, nadie ignora que una organización terrorista de ese signo, no sólo comete crímenes en su camino al poder, sino que los multiplica cuando lo consigue. Al eludir la cuestión, la Corte, cumbre del Poder Judicial, dejó pasar la oportunidad de sentar la doctrina correcta. Y de revertir la perversa línea que, hasta hoy, han seguido nuestros tribunales.

Tribunales que son indulgentes con el terrorismo que asoló la República, por entender que es lo “políticamente correcto”, siguiendo las huellas de una clase política que, de correcta, tiene muy poco. Y que así ha comprado la benevolencia de una izquierda, monetizada, para con sus múltiples incorrecciones (siendo harto benévolo el uso de este último vocablo).

Por Daniel Zolezzi.

Publicado en LA PRENSA.