Frente al panorama de cara a la votación en el Senado por el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que ya obtuvo media sanción en Diputados el pasado 13 de junio, el presidente podría realizar una modificación al proyecto de reforma del Código Penal y daría la posibilidad de que el juez exima la pena a la mujer que aborte. En ese sentido insistió en que no es punible en casos de violación o que impliquen un riesgo para la salud.
El mandatario enviará el proyecto que prevé reformar el Código Penal en dos semanas. En el escrito el aborto se mantiene como un delito, pero se establece que el juez puede eximir de pena a la mujer.
Es por ello que ya se comenzó a especular que, en caso de que el Senado rechace el proyecto que se debate, el Congreso tendría una nueva oportunidad para dar tratamiento al tema en el corto plazo. El presidente enviaría la iniciativa el próximo 21 de agosto al Poder Legislativo.
“Se impondrá prisión de UNO (1) a TRES (3) años, a la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es punible. El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad”, expresa el artículo que pasaría a reformar el Código Penal sobre el tema.
También mantiene la despenalización en casos de violaciones bajo la denominación de abusos sexuales “para que sea más amplio”, según afirmaron, t también para circunstancias en que esté en riesgo la salud física o mental de la mujer.
La elaboración estuvo a cargo de una comisión especial que fue encabezada por el juez federal Mariano Borinsky. También participaron magistrados, fiscales y funcionarios del gobierno nacional, que trabajaron en distintos cambios al Código.
Como dato importante también se agrega que aumentarían las penas para delitos de corrupción y narcotráfico, la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal y la creación de nuevos delitos.
Si el Congreso avanza con esta discusión este año, la reforma al Código Penal también podrá hacerlo sobre el aborto. Como la ley establece que si un proyecto fue rechazado no puede tratarse dentro del mismo año legislativo, esto solo rige para los proyectos que ya se trataron, y en este caso la reforma al aborto está dentro de un proyecto de reforma del Código Penal que no fue analizado por el Poder Legislativo.
Tres posturas sobre el aborto
El aborto fue uno de los temas que más discusión generó en la elaboración de la reforma, y se perfilaron tres posturas distintas dentro de la Comisión.
La más restrictiva afirmaba que el aborto se puede realizar dentro de las 12 semanas del embarazo cuando este fue producto de un abuso sexual o cuando esté en riesgo la vida de la mujer.
La postura intermedia, que estuvo cercana a la redacción final del texto, fijaba la despenalización del aborto en cualquier momento del embarazo cuando haya sido por una violación o cuando esté en riesgo la vida de la mujer.
La más permisiva establecía las pautas de la segunda y agregaba la libertad de la mujer de abortar dentro de las 12 semanas de gestión.
Públicado en página web del Diario "Río Negro", 08 AGO 2018 - 22:40
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